25 abril 2024
INSÓLITOS

Ley de la cárcel

Por Niquita Nipone
Un caso en España en que violadores y pederastas sufren la venganza de la ‘Ley de la cárcel’. Hay leyes universales en las cárceles, en nuestro país también, que se cumplen sin debido proceso, sin estar escritas, tal vez sea para la propia seguridad de los presos, porque entre presos que estén dispuestos a tomar la ley o la fuerza de la ley por su propia mano, no puede hablarse de moral, ni ética del recluso, es insólito y paradójico, porque inclusive por cumplir con su propia ley pueden agravar considerablemente su pena.

carcel-242-1-435x326Los presos no dudan en torturar e incluso asesinar a los condenados por atacar a niños y mujeres.
Los asesinos de Marta del Castillo han sido amenazados por no decir dónde está el cuerpo.
Los funcionarios intentan que estén siempre acompañados y vigilados, pero no siempre lo consiguen.

La cárcel tiene su propia ley.
No está escrita en ningún código pero los que entran lo saben y si no los reyes del patio se la susurran rápido.
Si alguien nuevo llega a prisión lo primero que debe aprender son las normas de la propia institución penitenciaria y las que los internos han establecido, que son más importantes y más duras.
Son códigos que se cumplen sin rechistar.
Violadores, pederastas y chivatos lo llevan crudo en el ‘talego’.
Son los indeseables y los peor considerados.
Tienen dos sentencias, la del juez y la de los presos más violentos y veteranos, los que gobiernan, mandan y ejecutan.
Los que nada pierden.
Dentro mandan los ‘kie’ (jefes) que tienen a sus ‘machacas’ (seguidores) y que dictan a qué ful (víctima) hay que darle matarile con el jandrón (cuchillo de fabricación casera que suelen hacer con los muelles de un somier).
Odian a todos los que atenten contra mujeres, mucho más si son niñas. Sólo el aislamiento y los funcionarios les pueden proteger, pero si tienen la mala suerte de quedarse solos, ser trasladados de módulo o coincidir con los más duros su vida corre peligro.
Es también un aviso para los de fuera.
Una advertencia de que sus mujeres, hijas y familias también pueden ser víctimas y que no lo permiten.

Ojo por ojo, aunque no les toque de lleno.
Hay ejemplos de cómo funciona el código carcelario.
Uno de los presos más peligrosos y antiguos de España es Dieguito ‘El Malo’ que lleva entre rejas más de 30 años de los 53 que ahora tiene.
Es un auténtico kie, de los que mandan y ejecutan.
En 2009 envió una carta a la revista Interviu en la que advertía y amenazaba a los asesinos de Marta del Castillo.
Solo leerlo da miedo: “Entregar inmediatamente el cuerpo de Marta porque de lo contrario no podréis soportar lo que os espera en la cárcel”. Y seguía: “Un consejo os doy:la verdadera condena, la que ni los violadores casi pueden resistir, incluso sin haber matado, vendrá de la población reclusa.
Los presos han hecho este caso suyo, como si se tratase de una hermana, una hija, una compañera o una madre.

No podréis ir a cagar a gusto ni tan solo uno de los miles de días ni sus noches sin fin, con la asegurada enfermedad del sueño.
Por donde paséis desearéis estar muertos…
Tenéis los días contados”.
Así se las gastan dentro del ‘trullo’ con los violadores y pederastas.
Uno de ellos, el pederasta conocido como ‘Nanisex’ (Álvaro I.G.) estuvo a punto de morir nada más ingresar en la cárcel de Alcalá Meco.
Ya en el camino hasta el penal fue agredido en el furgón que le trasladaba, pero una vez dentro fue internado en el módulo más conflictivo y duro.
Los reclusos rompieron la ventana de su celda desde el patio y metieron una toalla en llamas.
Peor parado salió José Antonio Rodríguez Vega.
El conocido como ‘El Mataviejas’ murió de 113 puñaladas en el penal de Topas, en Salamanca, el 24 de octubre de 2002.
Estaba en la lista negra de los capos de la cárcel por sus asesinatos, pero lo que le costó la vida fue su afición a ser un ‘chusquel’, o lo que es lo mismo el que le canta a los carceleros todo lo que pasa y escucha.

Y eso entre barrotes es sagrado.
Le trasladaron a Topas desde Almería donde su cabeza tenía precio. Tuvo mala suerte y cayó en la tercera galería, llena de gente con muchos meses de trena y motines.
Le mató ‘El zanahorio’ (Felipe Martín) durante un paseo por el patio con su compinche Daniel Rodríguez.
Habían conseguido meter dos ‘pinchos’ en el patio.
Uno de ellos dentro de un tetra brick.
Le pegaron primero en la cabeza y luego le cosieron a puñaladas
Las cosas no han cambiado en el código, pero sí para los violadores y pederastas con los que se intenta que no se conozca su identidad y sus delitos e instalarlos en módulos de respeto o de aislamiento acompañados las 24 horas del día.
Para muchos violadores y pederastas la prisión puede ser una pena de muerte, la que dicta la ley del ‘talego’.
En el ambiente carcelario existen unos mandamientos que nadie se atreve a saltarse:
Muerte al chivato. Nadie ha oido, ha visto, ni sabe nada.
Las deudashay que pagarlas siempre.
Las mujeres son sagradas; el violador sigue estando considerado como el más despreciable de los seres que entran en la cárcel.
Los niños también son sagradosen esta ley no escrita. Incluso para las mujeres.
Una de ellas, que había matado a su hijo nada más nacer, fue agredida por todas las reclusas nada más llegar y tuvo que ser trasladada.
Asesinar es gratis. Los que tienen las condenas más largas, ‘ruina’ en la jerga, saben que les quedan más años de condena que de vida y si hay que quitar a alguien del medio lo hacen.
Es fundamental respetar la jerarquía.
Sobre todo, las ordenes o los deseos del ‘kie’.

Respetar al ‘gallo’ y también tener cuidado.
El ‘gallo’ es un preso de los duros, de los de mejor historia entre rejas. Se hace famoso porque nunca se ha chivado de nada, aguante las celdas de castigo.
Al violador de Ciudad Lineal le pueden caer 141 años, pero sólo pasará 20 en prisión
Los cinco delitos de violación pueden ser condenados a 15 años cada uno. El secuestro tiene una pena de 10 años y las tentativas de violación, seis.
La sentencia definitiva podría tardar hasta cuatro años.
El caso será complicado y, sin duda largo, según el abogado penalista Antonio Alberca.

El presunto pederasta de Ciudad Lineal,Antonio Ortiz, arrestado en Santander y acusado de cinco violaciones a menores y tres intentos podría ser condenado a un máximo de 75 años de cárcel, 15 años por cada una de las violaciones.
Además, según recoge el Código Penal, por cada uno de los secuestros en estas violaciones sería condenado a 10 años -en total 50 años-.
Por los intentos fallidos recibiría una condena de 6 años por cada uno, otros seis años por cada uno de estos secuestros o intentos de rapto.
En total, la pena al presunto pederastasupondría 141 años, mucho más que la condena perpetua que reclaman muchos, incluido el ex Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Javier Urra.
Sin embargo, el Código (acumulación de cinco condenas), pero apenas pasará, en el peor de los casos, 20 años en prisión, según señalan distintos penalistas, tal y como recoge el Código Penal en su artículo 76.

La condena al violador de menores, que según el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, las sometió a una violencia durante horas, aunque algunos penalistas aseguran que es una circunstancia que costará demostrar puesto que estaba sedadas, debería ser la máxima prevista en el Código Penal para este tipo de delitos, incluidos en el artículo 183 de la Ley Orgánica bajo el epígrafe De los abusos y agresiones sexuales a menores de 13 años.
Según recoge el Código Penal, “cuando el ataque se produzca con violencia o intimidación el responsable será castigado por el delito de agresión sexual a un menor con la pena de cinco a diez años de prisión”. En el caso de que el ataque consista “en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, la pena oscilaría entre doce a 15 años.
Esta conducta será castigada con la pena de prisión correspondiente en su mitad superior -es decir 15 años- cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Cuando el escaso desarrollo intelectual o físico de la víctima la hubiera colocado en una situación de total indefensión y, en todo caso, cuando sea menor de cuatro años.
b) Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas -en principio no es el caso-.
c) Cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
d) Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.
e) Cuando el autor haya puesto en peligro la vida del menor.
f) Cuando la infracción se haya cometido en el seno de una organización o de un grupo criminales que se dedicaren a la realización de tales actividades.
Al menos tres de estas circunstancias -a, c y e- pudieron darse en el caso del violador de Ciudad Lineal.
A esto hay que añadir los ochos secuestros y las tres tentativas de violación.

Un proceso largo
El proceso por el que finalmente Antonio Ortiz irá a prisión será largo y desde luego complicado, según asegura a Te Interesa el abogado penalistaAntonio Alberca.
Las circunstancias que rodean el caso y que las víctimas haya sido niñas muy pequeñas complicará notablemente el caso.
“No existen testigos y hay muchos hechos que se basan en sospechas”, asegura Alberca.
El abogado asegura que podría pasar hasta cuatro años hasta que se produzca la casación del Supremo, un proceso largo.
Mientras, Ortiz permanecerá en prisión preventiva, un régimen muy cómodo para los detenidos no condenados”.
Después, vivirá un régimen especial en prisión.
Las claves del artículo 183 del Código Penal
El violador de Ciudad Líneal podría recibir la máxima condena por estos delitos, sin embargo las condenas no suelen ser demasiado duras en el caso de que no se den determinadas circunstancias y muchos de los abusos a menores no resulta posible consumarlos totalmente, por lo que las penas suelen ser mínimas.
La pena mínima para un adulto que abusa de un niño es de apenas dos años.
Las condenas no suelen ser demasiado elevadas.
Se da la circunstancia que el mismo Ortiz fue condenado a apenas siete años por la violación de una niña de seis.
La misma condena, en circunstancias similares, que recibió el pederasta conocido como el violador del Astillero.

Capítulo II bis
De los abusos y agresiones sexuales a menores de 13 años
Artículo 183
1. El que realizare actos que atenten contra la indemnidad sexual de un menor de trece años será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años.
2. Cuando el ataque se produzca con violencia o intimidación el responsable será castigado por el delito de agresión sexual a un menor con la pena de cinco a diez años de prisión.
3. Cuando el ataque consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años, en el caso del apartado 1 y con la pena de doce a quince años, en el caso del apartado 2.
4. Las conductas previstas en los tres números anteriores serán castigadas con la pena de prisión correspondiente en su mitad superior cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Cuando el escaso desarrollo intelectual o físico de la víctima la hubiera colocado en una situación de total indefensión y, en todo caso, cuando sea menor de cuatro años.
b) Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.
c) Cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
d) Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.
e) Cuando el autor haya puesto en peligro la vida del menor.
f) Cuando la infracción se haya cometido en el seno de una organización o de un grupo criminales que se dedicaren a la realización de tales actividades.
5. En todos los casos previstos en este artículo, cuando el culpable se hubiera prevalido de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público, se aplicará, además, la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.
Dura lex sed lex, leyes duras no???

2 comentarios en «Ley de la cárcel»

  • ¡¡¡¡El papa Francisco mando a la carcel a un ovispo por pederastra que verguenza para la iglesia…….¡¡¡¡¡

  • vERGÜENZA HUBIERA SIDO NO HABERLO MANDADO A LA CARCEL. TAPARLE SUS MALOS HÁBITOS CON SUS HÁBITOS, COMO OCULTARON INFINIDAD DE VECES LOS VICIOS DE LOS CURAS, O NO RECUERDAN LOS CURAS CHILENOS ACÁ CON LOS HUÉRFANOS A SU CARGO Y TODAVÍA COBRABAN. LA IGLESIA LOS SACÓ DEL PAÍS EN UN PERIQUETE SIN DAR LUGAR A NAADA

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